Te dan una carta
Tiene que decir los hechos o la causa y la fecha. Fírmala solo como «recibí, no conforme», con la fecha en que te la dan.
Guía de despido
Con carta, de palabra o porque no te han llamado: cómo saber si es un despido, qué hacer en los primeros días y cuánto te pueden deber. Con un plazo muy corto que no se puede pasar.
La idea clave
Para reclamar contra un despido hay 20 días hábiles desde el día siguiente. Los sábados, domingos y festivos no cuentan. Si se pasa el plazo, se pierde el derecho a reclamar, aunque el despido sea injusto. No se puede ampliar: solo se para mientras está presentada la papeleta de conciliación.
Lo primero
No siempre te dan una carta. Estas situaciones también pueden serlo, y tienen el mismo plazo.
Tiene que decir los hechos o la causa y la fecha. Fírmala solo como «recibí, no conforme», con la fecha en que te la dan.
«No vuelvas más» o un mensaje que dice que no cuentan contigo. En campaña, «mañana no hay faena» puede ser solo el llamamiento del día: hay que distinguirlo.
Si me echan de palabraSi eres fija discontinua y empieza la campaña sin que te llamen, o llaman antes que a ti a compañeras de tu categoría con menos antigüedad, la ley lo trata como un despido.
Si no me llamanUna baja voluntaria firmada con presión, o un contrato eventual que no debía serlo y que termina, también se pueden reclamar como despido.
Si me presionan para firmar la bajaLos primeros días
No esperes a ver qué pasa: los días corren desde el primer momento.
Ni la carta ni el finiquito. Pon «recibí, no conforme» y la fecha. Así cobras lo que te den sin renunciar a reclamar.
En los 15 días hábiles siguientes, aunque vayas a reclamar. Reclamar no te lo quita.
Un sindicato o una abogada laboralista, esa misma semana. Si tus ingresos son bajos, puedes tener abogada de oficio gratis.
Antes de que pasen los 20 días, en el CMAC. Es obligatoria antes de ir al juzgado y detiene el plazo.
Es un escrito en el que dices que no estás de acuerdo con el despido y pides lo que te corresponde. Se presenta en el CMAC, el centro de mediación de la Junta, y te citan con la empresa para intentar un acuerdo.
Desde que la presentas, el plazo se para. Vuelve a correr al día siguiente del acto de conciliación, o a los 15 días hábiles si no se ha celebrado. Si no hay acuerdo, con lo que te queda de plazo presentas la demanda en el Juzgado de lo Social.
Dónde está el CMACLa carta o el mensaje del despido, con la fecha y la hora. Tu contrato, tus nóminas y tu vida laboral, que se pide a la Seguridad Social. Los llamamientos de otras campañas y los nombres de quien lo vio u oyó.
Si en la conciliación te ofrecen dinero, no tienes que decidir con prisa: compáralo antes con lo que te correspondería. Lo que firmes allí se puede exigir como una sentencia y ya no se puede reclamar más.
Revisar el finiquitoLo que decide el juzgado
Si no hay acuerdo, el juzgado dice si el despido estaba justificado. De eso depende lo que cobras.
Cuando la empresa no demuestra la causa o no lo hizo bien. Elige entre readmitirte, pagándote los días perdidos, o indemnizarte, con un máximo de 24 meses de sueldo.
Por causas económicas, de producción u otras de la empresa. Te los tienen que pagar con la carta, y avisarte con 15 días. Máximo, 12 meses de sueldo.
Si te despiden por estar embarazada, de permiso por nacimiento, por reclamar o por discriminación. Te readmiten y te pagan todo lo que dejaste de cobrar.
Cuando termina un contrato temporal que sí era legal. Si el contrato era un fraude, se reclama como despido.
Si eres fija discontinua
La indemnización no se calcula igual que la antigüedad. Esto es lo que cuenta.
Para la indemnización por despido, el Tribunal Supremo dijo en mayo de 2025 que se suman solo los periodos de cada campaña, no los meses en casa entre una y otra. Aunque lleves diez años en la empresa, si trabajas seis meses al año, te cuentan unos cinco años.
Para otras cosas, como subir de categoría o cobrar pluses por antigüedad, sí cuenta toda la relación. Y si antes de ser fija discontinua encadenaste contratos eventuales que en realidad debían ser fijos, esas campañas también pueden sumarse.
El Poder Judicial tiene una calculadora gratuita con una versión para fijas discontinuas. Hay que meter cada campaña con su fecha de inicio y de fin, hasta 30, que salen en tu vida laboral, y el salario bruto.
Si pones el salario diario, que incluya la parte de las pagas extra. En el manipulado, el precio de la hora ya las lleva. El resultado es orientativo: compruébalo con quien te ayude.
Abrir la calculadora del Poder JudicialDudas frecuentes
Sí. Un despido te deja en situación de desempleo aunque lo reclames. Pídelo en los 15 días hábiles siguientes. Si luego te readmiten y te pagan los días perdidos, el SEPE regulariza lo cobrado.
Si el motivo real es que estás enferma, el despido puede ser nulo. La baja sigue y la cobras hasta el alta. Pero no amplía el plazo: siguen siendo 20 días hábiles.
Si te despiden poco después de reclamar, de denunciar o de ir a la Inspección, puede ser una represalia, y el despido sería nulo. Guarda la prueba de cuándo reclamaste.
En el Juzgado de lo Social puedes ir sin abogada, pero no es lo recomendable: un sindicato o una abogada laboralista sabe qué pedir y cómo probarlo. Si tus ingresos son bajos, pide abogada de oficio en el Colegio de la Abogacía.
El despido es nulo salvo que la empresa demuestre una causa real que no tenga nada que ver con el embarazo, aunque la empresa no supiera que lo estabas. Lo mismo durante el permiso por nacimiento y, al volver, hasta que tu bebé cumpla un año.
Hoy mismo
Apunta tu último día para presentar la papeleta y llama a un sindicato o a una abogada laboralista esta semana.
Fuentes y límites
Guía informativa revisada el 04/11/2026. Cada despido es distinto: para tu caso concreto, consulta cuanto antes con un sindicato o una abogada laboralista.