Guía de protección frente a represalias

Reclamar no puede costarte el trabajo

Si la empresa te castiga por pedir lo que te corresponde, por denunciar o por acudir al juzgado, esa medida vulnera un derecho fundamental. Se llama garantía de indemnidad.

La idea clave

Defender tus derechos está protegido

El derecho a la tutela judicial no se limita al juicio: también cubre los pasos previos, como reclamar por escrito a la empresa, presentar una papeleta de conciliación o denunciar ante la Inspección. Un despido que responda a eso puede declararse nulo, es decir, con readmisión y pago de los salarios perdidos.

Señales

La represalia no siempre es un despido

Lo que importa es la relación entre lo que reclamaste y lo que vino después, sobre todo si llega poco tiempo más tarde.

01

Dejar de llamarte

En campaña, que llamen a compañeras con menos antigüedad justo después de que reclamaras.

02

Peores condiciones

Cambios de turno, de sección o de tareas sin una causa organizativa que se pueda explicar.

03

Sanciones repentinas

Faltas que antes se toleraban y ahora se castigan solo a ti, o cartas de amonestación sin hechos concretos.

04

Despido o no renovación

Un despido disciplinario u objetivo poco después de la reclamación, o el fin de un contrato que se iba a renovar.

No hace falta que la empresa lo reconozca. Basta con aportar indicios, es decir, señales que lo hagan creíble: fechas que coinciden, un trato distinto al del resto o comentarios. Entonces es la empresa la que tiene que demostrar que su decisión no tuvo nada que ver.

Si te despiden, sancionan o no te llaman

El plazo es muy corto

Para impugnar un despido, una sanción o una modificación de tus condiciones tienes, en general, 20 días hábiles. Pedir la nulidad por represalia se hace dentro de esa misma reclamación.

20días hábiles
  1. 1
    Reúne la cronología

    Fecha de tu reclamación o denuncia y fecha de cada medida que vino después. Ese orden es tu mejor indicio.

  2. 2
    Guarda las pruebas

    Copia sellada de tu reclamación, mensajes, cartas, cuadrantes, llamamientos y nombres de testigos.

  3. 3
    Pide ayuda hoy

    El comité, un sindicato o una laboralista pueden preparar la papeleta de conciliación a tiempo.

Denunciar la represalia ante la Inspección no detiene el plazo.

Es útil para que quede constancia, pero la reclamación del despido o la sanción hay que presentarla igualmente dentro de los 20 días.

Qué se puede conseguir

Volver como si no hubiera pasado

Cuando el juzgado aprecia que hubo represalia, la medida pierde todo su efecto.

Nulo

El despido no vale

No cabe elegir indemnización en su lugar: la empresa debe readmitirte en las mismas condiciones.

Salarios

Lo que dejaste de cobrar

Se pagan los salarios desde el despido hasta la readmisión, descontando lo que hayas cobrado en otro trabajo.

Daño

Indemnización aparte

Además de la readmisión y los salarios, se puede pedir una cantidad por el daño moral sufrido.

Cese

Se anula la medida

Si no es un despido, como un cambio de turno o una sanción, se pide que se deje sin efecto y se reponga la situación.

Antes de reclamar

Prepárate para que se note

Que la reclamación conste con fecha es lo que después permite relacionarla con la represalia.

01

Reclama por escrito

Entrega dos copias y pide que te sellen o firmen una. Por correo electrónico, guarda el envío y cualquier respuesta.

02

Con alguien más

Una reclamación colectiva o a través del comité hace más difícil castigar a una sola persona.

03

Anota tu situación

Turno, sección, tareas y llamamientos antes de reclamar. Así se ve el cambio si llega.

04

Sin anonimato, más protección

Si temes dar tu nombre, el buzón anónimo es una opción, pero no deja constancia de que fuiste tú quien avisó.

Ver la guía del buzón

Dudas frecuentes

Respuestas rápidas

¿Tengo que demostrar que fue una represalia?

Tienes que aportar señales que lo hagan creíble: que reclamaste, que la empresa lo sabía y que la medida llegó después. A partir de ahí, la empresa debe probar que tenía motivos reales y ajenos a tu reclamación.

¿Y si mi reclamación no tenía razón?

La protección no depende de ganar. Lo que se protege es el derecho a reclamar; castigar a alguien por hacerlo está prohibido aunque al final no tuviera razón en el fondo.

¿Me protege si me quejé al comité o a una delegada?

El Tribunal Constitucional ha extendido esta garantía a las quejas presentadas ante la representación de las trabajadoras. Guarda constancia de cuándo y cómo lo comunicaste.

¿Y si soy eventual y no me renuevan?

No renovar a alguien por haber reclamado también puede ser una represalia. Las señales que cuentan son las mismas: fechas, trato distinto y si se renovó a otras personas en tu misma situación.

¿Protege también a quien declara como testigo?

Los tribunales han aplicado en ocasiones la misma protección a quien colabora en la reclamación de otra persona, por ejemplo con su testimonio. Depende del caso, así que guarda constancia de tu participación y consulta si sufres un cambio después.

Si ya ha pasado

Cuenta los días desde hoy

Reclamación sellada, cronología, cartas de la empresa, cuadrantes y mensajes. Con eso, pide ayuda antes de que pasen los 20 días hábiles.

Fuentes y límites

Información comprobada